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Se paga hoy: revisa si recibes el Bono al Trabajo de la Mujer o cómo postular si no estás inscrita

today28 de junio de 2024 7

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Las postulaciones para acceder al Bono al Trabajo de la Mujer se pueden realizar en cualquier fecha del año a través del sitio web del Sence.

Este viernes 28, último día hábil del mes de junio, corresponde el pago del Bono al Trabajo de la Mujer, al que acceden las mujeres trabajadoras que se encuentran laboralmente activas y con el cual el Estado busca aumentar sus ingresos.

Hay dos modalidades para acceder a este bono, una mensual y la otra anual.

En el primer caso, este 28 de junio corresponde el pago del monto de $42.377, de acuerdo a la renta obtenida en marzo. Al igual que lo ocurrido en los meses previos, el pago se realiza en los últimos días de cada mes.

Si, en cambio, se eligió el pago anual, éste se realizará en agosto próximo, por un monto total de $570.825, que se calcula sobre la base de la renta declarada.

Los requisitos para inscribirse y recibir el bono

Las postulaciones para acceder al Bono al Trabajo de la Mujer se pueden realizar en cualquier fecha del año. Para hacerlo hay que acceder al sitio web del Sence, donde se tiene que ingresar con Clave Única.

Al postular, la solicitante debe elegir entre recibir el monto una vez al año o cada mes. Si se elige el pago anual, debe percibir una renta bruta anual inferior a $7.627.812. En el caso del pago mensual, la beneficiaria debe ganar hasta $635.651 de renta bruta cada 30 días.

Para recibir la ayuda económica las postulantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad.
  • Trabajar de forma dependiente o independiente.
  • Estar dentro del 40% de familias más vulnerables de la población, de acuerdo al Registro Social de Hogares.
  • Recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537 o renta bruta anual inferior a $7.278.446.
  • Tener las cotizaciones al día.
  • No trabajar en una institución del Estado, incluyendo municipios, o en una empresa privada con aporte estatal igual o superior al 50%.
  • No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado.
  • Trabajadoras independientes deben emitir boletas de honorarios y realizar el proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos.



Esta noticia aparece primero en: El Dinamo

Escrito por adminproradio

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